SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 27 de diciembre de 2005, cursante de fs. 59 a 66, y complementario presentado el 2 de septiembre de 2006 cursante de fs. 95 y vta., el recurrente señala que la parte recurrida cometió actos ilegales que le restringieron y suprimieron sus derechos elementales consagrados por la Constitución Política del Estado al haber mellado su dignidad, forzándole a renunciar y sin considerar que desistió oportunamente de su renuncia, le negaron su derecho a trabajar en forma ilegal e indebida, en el cargo de Encargado de Sistemas de la Superintendencia de Transportes que desempeña desde el 17 de septiembre de 1998, inicialmente dentro de los alcances de la Ley General del Trabajo y a partir del 21 de diciembre de 2003 dentro de las previsiones del Estatuto del Funcionario Público, como consecuencia de haberse sometido al Plan de Adecuación a la Ley del Estatuto del Funcionario Público implementado en esa entidad, circunstancia que le impide reclamar a través de la judicatura laboral, tampoco puede hacerlo a través de la Superintendencia del Servicio Civil, toda vez que está considerado como funcionario provisorio.
Al momento en que la ex Superintendente a.i. de Transportes, ahora correcurrida, asumió esa función el 15 de febrero de 2005, el Director Administrativo y Financiero, por instrucciones de esa autoridad, pidió a varios funcionarios la renuncia a sus cargos, la que al no haber sido presentada, motivó que la autoridad correcurrida le obligue a tomar su vacación y cuando se reincorporó el 9 de junio de 2005, después de haber hecho uso de ese beneficio, el funcionario reemplazante, aduciendo órdenes de la autoridad correcurrida, se negó a entregarle su oficina, impidiéndole cumplir con sus funciones, situación que se mantuvo los días subsiguientes sin recibir explicación alguna, lo que constituye un maltrato psicológico que mella su derecho a la dignidad, por lo que el 14 de junio de 2005, forzado con esa situación presentó renuncia al cargo, a ser efectiva a partir del 2 de julio del indicado año, sin embargo al no haber recibido respuesta a su renuncia, un día antes de que se efectivice la misma, presentó su retractación a horas 15:30 del 1 de julio de 2005, fecha en la que a horas 16:40, pretendieron hacerle entrega de un memorando, el que se negó a recibir por estar fuera del horario de trabajo. El siguiente día hábil, lunes 4 de julio, se constituyó a las dependencias de la Superintendencia de Transportes a cumplir con sus funciones, pero el policía de seguridad le impidió su ingreso aduciendo cumplir instrucciones de la autoridad correcurrida, por lo que el mismo día en horas de la tarde se constituyó nuevamente con un Notario de Fe Pública para que evidencie que no se trataba de un abandono de trabajo, oportunidad en la que le entregaron el memorando SC-STR-DS-M-0026/2005, requiriendo la entrega de activos, a tiempo de poner en su conocimiento de que su renuncia del 1 de julio fue aceptada.
El 7 de julio de 2005, fue designado como nuevo Superintendente a.i. Luis Fernando Salinas Gamarra, ahora correcurrido, ante quien el mismo día, presentó recurso de revocatoria, el que no fue respondido, por lo que planteó recurso jerárquico ante la Superintendencia del Servicio Civil, el mismo que fue rechazado por no ser funcionario de carrera y estar como funcionario provisorio.
La queja que presentó ante el Defensor del Pueblo el 2 de junio de 2005 contra la Superintendente Interina de entonces por el maltrato que estaba recibiendo, fue resuelta a través de la Resolución RD/LPZ/OOO69/2005/AP, de 22 de noviembre de 2005, en la que se concluyó que se vulneró su derecho a la dignidad, fue puesta en conocimiento del nuevo Superintendente a.i., Luis Fernando Salinas, a tiempo de solicitarle que corrija las ilegalidades cometidas en su contra por la autoridad que le precedió en el cargo y en consecuencia le permita ejercer sus funciones; petición que le fue negada el 12 de diciembre de 2005, con lo que la referida autoridad correcurrida convalidó los actos ilegales de su antecesora.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2..
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- denegar
- APRUEBA