SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

II.7.

II.7. En el acta de intervención notarial expedida por la Notaria de Fe Pública 71, consta que el 4 de julio de 2005, el recurrente se constituyó a las dependencias de la Superintendencia de Transportes, entrevistándose con el Director de Administración y Finanzas de esa entidad, quien le manifestó que su renuncia al cargo fue aceptada, cuya comunicación se encuentra disponible en Secretaría, toda vez que el pasado viernes 1 de julio se  resistió a recibirla. Convocada la funcionaria Claudia Vargas, ésta informó sobre la presentación de la renuncia efectuada luego de haber tomado sus vacaciones. El recurrente aclaró haber presentado su retiro de renuncia el 1 de julio, admitiendo haber tomado conocimiento de la aceptación de renuncia el mismo día, pero que no aceptó la nota de respuesta porque quisieron entregársela fuera de horario de trabajo. Asimismo señaló que durante el tiempo que esperó respuesta a su renuncia no le proporcionaron oficina, habiéndolo ubicado en un lugar improvisado y que la nota de respuesta no era oficial hasta que llegue a sus manos. Efectuadas las aclaraciones, se procedió a la entrega del memorando SC-STR-M-0026/2005, de 4 de julio, por el que la Superintendente Interina de Transportes, Jenny Reyes Leaño, en respuesta a la nota de 1 de julio presentada por el recurrente retractándose de su renuncia al cargo, le hace conocer que de acuerdo al proveído adjunto que fue de su conocimiento, su renuncia fue aceptada a partir del 2 de julio, correspondiendo que entregue la documentación y activos fijos a su cargo (fs. 26 a 28).