SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.9.
II.9. Por memorial presentado el 1 de diciembre de 2005, el recurrente solicitó al Superintendente a.i. de Transportes la devolución de su cargo de Encargado de Sistemas de esa entidad, amparándose en la Resolución Defensorial RD/LPZ/00069/2005/AP, de 22 de noviembre de 2005, emitida por el Defensor del Pueblo como emergencia de las quejas presentadas por varios funcionarios de la Superintendencia de Transportes, entre los que figura el recurrente, contra la Superintendente y el Director Administrativo y Financiero, en la que se recomienda el estricto cumplimiento de los preceptos legales contenidos en los arts. 6.II de la CPE, art. 7.I inc. c) del EFP y art. 10 del Código de Ética de la Superintendencia de Transportes y se abstengan de actitudes que constituyen acoso laboral. El referido memorial ameritó la emisión del Auto SC-STR-DS-A-0322/2005, de 8 de diciembre, por el que Luis Fernando Salinas, Superintendente a.i. de Transporte, hoy correcurrido, rechazó la reincorporación solicitada (fs. 41 a 43).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2..
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- denegar
- APRUEBA