Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2006-ECA
Fecha: 10-Feb-2006
II.2.4.
II.2.4. A lo solicitado por el Defensor del Pueblo, resumido en los incisos 4) y 5) del numeral I del presente Auto Constitucional, cabe remitirse a lo fundamentado en la Sentencia 0007/2006, al ser expresa y clara en lo que concierne a la limitación que se puede establecer, mediante una ley de la República, al ejercicio de los derechos, en este caso, a la educación y al trabajo, sin que sea necesaria aclaración alguna.