AUTO CONSTITUCIONAL 067/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 067/2006-RCA

Fecha: 17-Feb-2006

I.1. Síntesis de la demanda

Mediante memorial presentado el 23 de agosto de 2005, cursante de fs. 19 a 21 de obrados, los recurrentes manifiestan que el Ministerio Público en el marco de institucionalización, lanzo la convocatoria interna para los Fiscales de materia, proceso en el que se incurrió en varias irregularidades que atentan los derechos de los abogados del foro orureño, convocatoria que es emitida en virtud del art. 90 inc. 1) de la Ley del ministerio público (LMP), que señala “convocatorias públicas internas y externas” (sic), sin especificar si lo uno se antepone al otro o cual de ellas debió ser primero, por lo que consideran que debería lanzarse una convocatoria interna y externa, siendo por consiguiente defectuosa la convocatoria emitida, con lo que se pretende legitimar a los fiscales que ingresaron al Ministerio Público sin convocatoria ni examen de competencia, contraviniendo por consiguiente el art. 95 inc. 3) de la LMP que señala: “En todo caso el 50% de las vacancias para fiscales de recurso y de materia serán cubiertas por miembros de la carrera fiscal” (sic).

Agregan, que la conformación del Tribunal de concurso, adolece de grandes irregularidades, toda vez que de conformidad al art. 95 de la LMP, el Tribunal de concurso, debe estar integrado por un representante del Colegio Departamental de Abogados, un representante de la Universidad pública y tres miembros de la Fiscalía de Distrito; empero, el Colegio de Abogados de Oruro, mediante nota de 30 de mayo de 2005, dirigida al Fiscal General de la República, denunció irregularidades en la convocatoria y anunció el retiro de sus representantes del Tribunal de Concurso; de la misma forma, la Universidad Técnica de Oruro, vió por conveniente también retirar a su representante; sin embargo, el Secretario General de la Universidad sorpresivamente sobrepasando la autoridad del Rector dispuso que el co-recurrido Leónidas Gordillo reasuma el cargo de Presidente del Tribunal de concurso.

Añaden, que la convocatoria interna, vulnera “su propia normativa referente al procedimiento de acceso, donde se estipula que el examen oral deberá ser convocado para su celebración con ocho días de antelación que no se cumplió puesto que los fiscales fueron notificados para dicha prueba el 20 de agosto, para rendir el examen oral el 22 de agosto de 2005” (sic), además, el Presidente del Tribunal de concurso no se encontraba en pleno ejercicio de funciones desde el 11 al 18 de agosto, por consiguiente la convocatoria al examen oral se encuentra viciada de nulidad.

Concluyen señalando, que en todo el proceso de la convocatoria interna para el acceso a la carrera fiscal se vulneraron derechos fundamentales de las personas, toda vez que vulneraron los principios de legalidad, legitimidad, publicidad y transparencia, razones por las que consideran que se vulneraron los derechos de los abogados del foro orureño, del acceso a la función pública y al trabajo, lo que motivó la interposición del presente recurso, pidiendo sea declarado procedente el amparo y se disponga  la suspensión inmediata del examen oral y se deje sin efecto la convocatoria 001/2005, y se efectúe nueva convocatoria externa.