En revisión la Resolución 051/2005, de 16 de septiembre, cursante a fs. 27 y vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 051/2005, de 16 de septiembre, cursante a fs. 27 y vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del

Fecha: 21-Feb-2006

II.

La recurrente manifiesta que en el proceso de divorcio que sigue contra el co-recurrido Pascual Mamani Apaza, la autoridad recurrida (Manuel Antonio Calderon), en un acto de aberración jurídica, actuando sin competencia, mediante Auto 53/2003, y previo dictamen emitida por la Fiscal recurrida, dispuso la restitución del puesto 57 de venta de chamarras, a su esposo, con el argumento de que fuera de su bien propio, siendo de propiedad municipal, con lo que se le ha coartado la posibilidad de trabajar y percibir un ingreso diario, con lo que considera que se lesionaron sus derechos fundamentales al trabajo y al comercio. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional señalados por el Tribunal de amparo.