SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2006-R
Fecha: 01-Feb-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Dentro de la investigación penal que se les inició en agosto de 2005, por la supuesta comisión de los delitos de despojo, robo agravado y otros a instancias de Julio Torrico Ortuño tanto el Fiscal asignado como el Juez de Instrucción de la provincia Sara, encargados del control de dicha investigación, están violando sus derechos ya que los están sometiendo a una persecución indebida con mandamientos de aprehensión emergentes de un procesamiento indebido, pues las citaciones que les hizo el Ministerio Público el 6 y 7 de septiembre de 2005, fueron entregadas a otras personas, tal como se evidencia en las mismas, cuando éstas deben ser realizadas de manera personal conforme al art. 163.1 del Código de procedimiento penal (CPP). Al margen de ello, consta en el expediente que se apersonaron voluntariamente ante el Fiscal, reafirmando su predisposición de asumir defensa en el proceso de investigación y una vez fijada la fecha para que prestaran su declaración también se presentaron voluntariamente.