SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2006-R

Fecha: 01-Feb-2006

II.8.

II.8.  Radicada la causa en el Juzgado Séptimo de Partido en lo Penal de la Corte Suprior del Distrito Judicial de La Paz, la Jueza a cargo del mismo, señaló audiencia para la confesión de los procesados, con lo que se notificó al recurrente “en el domicilio señalado”, diligencia que se repitió de la misma forma con el decreto de 18 de junio de 1998, que señaló nueva audiencia para la confesión, en la que al señalar el abogado de la parte civil que el representado del recurrente se encontraba prófugo, el Juez Quinto de Partido en lo Penal de la misma Corte, ordenó sea emplazado por edicto, conforme al art. 250 del CPP.1972 (fs. 196 y vta., 198 y 200 de la documentación complementaria). Declarado rebelde, así fue juzgado hasta que el 12 de noviembre de 2001, se dictó Sentencia declarándolo autor del delito de estelionato; fallo que después de ser apelado fue confirmado, quedando ejecutoriado al no presentarse recurso de casación.