SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0124/2006-R
Fecha: 01-Feb-2006
II.3.
II.3. A través del memorando 0199, de 23 de marzo de 2004, la entonces Alcaldesa Municipal de Cochabamba, Rocío Luque Ostria, con la facultad conferida por el art. 44.6 de la LM y en aplicación del art. 72.7 de la misma disposición legal, agradeció los servicios del actor como Jefe II del Departamento de Arte Urbano, dependiente de la Dirección de Planificación (fs. 141).
Determinación contra la que el afectado planteó recurso de revocatoria mediante memorial presentado el 29 de marzo de 2004 (fs. 6 a 8), que fue resuelto por el Ejecutivo Municipal mediante Resolución de 13 de abril de 2004 (fs. 9) que denegó el recurso interpuesto, amparándose en el informe 122/04, de 6 de abril de 2004 de la Dirección de Recursos Humanos (que no cursa en obrados), en cuya virtud se ratificó el memorando de agradecimiento de servicios 0199, de 23 de marzo de 2004.