Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0181/2006-R
Fecha: 17-Feb-2006
II.2.
II.2. El 23 de agosto de 2005, el recurrente prestó su “entrevista informativa” en la que respondiendo a una de las preguntas que se le hizo sobre el por qué no se aproximó a la División Accidentes de Tránsito, señaló que no lo hizo porque la “señora me dijo que consiguiera cien dólares $us100.- americanos pero yo le ofrecí cincuenta dólares americanos $us50.- y no me aceptó y no pude venir más a esta División de Accidentes porque me pidió dos garantes más” (fs. 23 y vta.).