SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2006-R
Fecha: 21-Feb-2006
III.4.
III.4. En cuanto a la entrevista o práctica psiquiátrica desarrollada por una o ambas médicas recurridas con Jorge Ruiz Gómez, así como el requerimiento emitido a ese efecto por el Fiscal recurrido, sólo cabe señalar que tales hechos, por si solos no constituyen acciones tendientes a privar la libertad física de esta persona, respecto de la cual, además, la recurrente no asume ninguna representación, sino que utiliza tales acontecimientos en la relación de hechos planteados, para concluir que la esposa de su presunto concubino, estaría impidiendo su tranquilidad y la del paciente, merodeando el domicilio donde vive, aspecto acerca del cual, tampoco existe ninguna evidencia. En este contexto, la presunta vulneración al derecho de locomoción formulada por la recurrente no tiene ninguna relación con los hechos expuestos en su demanda.