Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 075/2006-RCA
Fecha: 10-Mar-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente solicita tutela a la garantía del debido proceso, por cuanto señala que los Vocales recurridos, al declarar inadmisible un recurso de apelación interpuesto por la Gerencia Regional de Aduana La Paz, incurrieron en inobservancia de disposiciones procedimentales y causaron grave daño económico al Estado Boliviano. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- I.3. Atribuciones de la Comisión de Admisión para efectuar la revisión de las Resoluciones de rechazo e improcedencia por el art. 96 de la LTC.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- no puede considerarse a la indebida inadmisibilidad de un recurso de apelación incidental como un acto susceptible de ser corregido, porque es un acto que no servirá para fundar una decisión posterior, pues es en sí mismo una decisión que da fin con el trámite de la apelación intentada, por tanto no se subsume bajo el supuesto del art. 168 del CPP.
- 1. REVOCAR