AUTO CONSTITUCIONAL 080/2006-RCA
Fecha: 17-Mar-2006
I.1. Síntesis de la demanda
Continua señalando que solamente una sentencia judicial ejecutoriada pronunciada en un debido proceso podría haberlo despojado de su derecho propietario, sin embargo, “CADEPIA”, al no promover la acción judicial correspondiente no podía conculcar su derecho propietario, toda vez que ignoraron con su acto ilegal y omisión indebida sus derechos y garantías fundamentales protegidos por la Constitución Política del Estado; ante esto y a fin de evitar que el daño pueda convertirse en irreversible para su economía, es que hace viable la iniciación de la presente acción de amparo constitucional, ya que si bien existen otras instancias o vías para salvaguardar sus derechos; empero, la demora en su procedimiento, hacen que estas no sean inmediatas y consecuentemente sus derechos pueden verse perjudicados.
- revisión
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
- el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a explicar desde el punto de vista causal, cómo esos hechos han lesionado el derecho en cuestión