SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2006-R

Fecha: 07-Mar-2006

b)

b)   La enumeración realizada por el art. 403 del CPP, en cuyo texto se basaron los vocales recurridos para realizar una interpretación meramente gramatical y declarar inadmisible el recurso de apelación, de ninguna manera es limitativa, debiendo los juzgadores atender al debido proceso y al legítimo derecho de defensa que asiste a las partes las cuales se encuentran en un mismo plano de igualdad ante la ley; por lo que los demandados al declarar inadmisible el recurso bajo el argumento de que la apelación no se encuentra señalada en el art. 406 del CPP vulneraron los derechos del recurrente.