Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0234/2006-R
Fecha: 14-Mar-2006
d)
d) En cuanto a la vulneración al debido proceso y estado de indefensión de la compañía recurrente, también carecen de sustento jurídico porque el ingreso al procedimiento de arbitraje y conciliación de parte de nuestra economía procesal y por tanto, las partes gozan de ambas garantías, concluyéndose que las autoridades recurridas aplicaron correctamente las disposiciones legales determinadas en el art. 9.I de la LAC.