SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0274/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0274/2006-R

Fecha: 22-Mar-2006

improcedente

La Sentencia de 6 de febrero de 2006, cursante a fs. 349 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso de hábeas corpus, sin lugar a costas ni daños y perjuicios, bajo los siguientes fundamentos: 1) el Tribunal de hábeas corpus por mandato constitucional, no puede ingresar a la consideración de las pruebas habidas en el proceso, en ese sentido se han pronunciado las SSCC 1223/02-R, 1734/2003-R, 1060/2004-R, 0084/2005-R; 2) La SC 1865/2004-R, de 1 de diciembre, estableció la novísima línea jurisprudencial en sentido de que las lesiones al debido proceso deben ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocieron la causa, agotados estos se puede acudir a la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional; 3) En el presente caso no se agotó la vía ordinaria, pues queda el recurso de revisión extraordinaria de sentencia, por lo que el hábeas corpus resulta improcedente dado su carácter subsidiario excepcional.