SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2006-R

Fecha: 28-Mar-2006

al haber formulado el presente amparo constitucional

Consiguientemente, al haber formulado el presente amparo constitucional el 22 de julio de  2005, o sea, después de siete meses de conocer la decisión judicial que pretende impugnar -Resolución 429/04, de 11 de diciembre de 2004-, se verifica la imposibilidad de ingresar a estudiar la actuación de la autoridad recurrida, por cuanto se ha desnaturalizado la esencia de este recurso en el punto aludido, al haber sido presentado fuera del  plazo de seis meses fijados por la jurisprudencia constitucional como término máximo para plantear una demanda de amparo, siendo uno de los elementos primordiales que lo caracterizan y le son inherentes,  la inmediatez de la protección jurídica que se pretende; sin embargo, el demandante ha incumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE, no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la  problemática sintetizada en el apartado III de esta Sentencia.