Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2006-CDP
Fecha: 12-Abr-2006
I.7.
I.7. Previo informe solicitado al Tribunal de amparo para la constatación de la presentación del memorial de impugnación, se solicitó la remisión del memorial de impugnación, en el que se evidencia que efectivamente fue presentado el 28 de enero de 2006; en el cual los recurrentes afirman que existió una indebida calificación de los daños causados, porque no se tomó en cuenta que existe una diferencia entre lo que gana un taxista y un trufista; y contradictoriamente afirman también que no pudieron trabajar en otra actividad.