AUTO CONSTITUCIONAL 183/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 183/2006-CA

Fecha: 19-Abr-2006

rechazando el incidente

Los Vocales de la  Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunciaron el Auto de Vista 17 de 11 de marzo de 2006, rechazando el incidente por cuanto la imparcialidad reclamada por la parte recusante, no tiene razón de ser, teniendo en cuenta que la demanda de recusación y sus fundamentos fueron rechazados por la autoridad judicial recusada, al no estar comprendida entre las causales establecidas por el art. 316 incs. 1) y 2) del Código de procedimiento civil (CPC), invocadas por el recurrente.