Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0364/2006-R
Fecha: 12-Abr-2006
I.2.1. Ratificación del recurso
Posteriormente con el uso del derecho a la réplica, señaló que el acto ilegal se produjo cuando al registrarse la Resolución Técnico Administrativa se hizo “aparecer” a las personas transfirientes como co-propietarias, sin que para ello exista respaldo de documentación alguna; por otra parte, es evidente que se “conversó” con la Subregistradora de Derechos Reales y no con el Juez recurrido, pero en opinión de la citada Subregistradora debían hacerse firmar los documentos con las personas que figuraban como co-propietarias, lo cual no es admisible pues los documentos ya fueron firmados en el momento de la transferencia y luego de ello no se ha transferido nuevamente a nadie.