SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2006-R

Fecha: 20-Abr-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 22 de febrero de 2006, cursante de fs. 2 a 3, el recurrente asevera que el 18 del mismo mes y año, cuando su representado se encontraba en la localidad de Pongo dedicado a sus actividades comerciales, fue sorprendido por los recurridos Isabel Mújica, Roberto Guzmán Mújica, Constantino Guzmán Alanes y Limbert Guzmán Mújica, quienes sin ser funcionarios públicos, ejecutaron el mandamiento expedido el 20 de julio de 2005 por el Juez de Instrucción de la provincia Arque, utilizando al efecto violencia física hasta dejar a su representado inconsciente, para luego conducirlo a la cárcel pública de San Pablo de Quillacollo. Es así, que el recurrido Gobernador del citado recinto, procedió a recibir a su representado en calidad de detenido preventivo, sin verificar si el mandamiento fue ejecutado conforme establece el ordenamiento jurídico; es decir, sin establecer si su detención fue legal o ilegal.

Añade que quienes procedieron a la ilegal aprehensión incluso precedieron a representar en el reverso de la orden instruida, indicando que en su condición de funcionarios públicos detuvieron a su representado para ser entregado a horas 15:30; es decir, fuera de las establecidas en el ordenamiento jurídico, actuación avalada por el recurrido Gobernador de la cárcel pública, motivo por el cual su representado se encuentra detenido desde el 18 de febrero de 2006; por lo que interpone el presente recurso.