SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0394/2006-R
Fecha: 24-Abr-2006
II.4.
II.4. Por requerimiento conclusivo de 31 de enero de 2006, el Fiscal de Materia, señaló que: “La imputación formal presentada fue por la comisión del delito de Organización Criminal art. 132 bis, Asesinato art. 252, Privación de libertad art. 292, Coacción art. 294 y Secuestro art. 334 del Código penal (CP), pero al presente por elementos con los que se cuenta dentro las investigaciones se modifica el tipo penal antes señalado por el delito de APOLOGÍA PÚBLICA DE UN DELITO tipificada en el Art. 131 del Código Penal”, presentó requerimiento conclusivo de suspensión condicional del proceso a favor de Francisco Quispe Callisaya y Victoria Alvarez Condori (fs. 1 y 2); en virtud al requerimiento, por decreto de 1 de febrero de 2006, la Jueza Segundo de Instrucción en lo Penal, señaló audiencia de consideración de suspensión condicional para el día 10 de febrero de 2006 (fs. 2 vta).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1.
- III.1. Sobre las formalidades en la apelación de medidas cautelares
- puede ser planteada en forma oral en la misma audiencia
- sólo anunció recurso de apelación
- III.2.
- III.3. Sobre la actuación de los vocales co recurridos
- APRUEBA