AUTO CONSTITUCIONAL 169/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 169/2006-RCA

Fecha: 31-May-2006

carece de legitimación activa

De la revisión de la demanda y de los datos del expediente, la Comisión de Admisión, ha constatado que el recurrente carece de legitimación activa, toda vez que el contrato base de su demanda no está suscrito por el recurrente, sino por su socio, Juan Pablo Coca Huanca, conforme el propio recurrente reconoce; empero no adjunta poder notarial que lo legitime para actuar a su nombre, requisito que como se expresó en el punto precedente, es de inexcusable cumplimiento; de lo que se concluye, que el recurrente, no ha acreditado su legitimación activa para interponer el presente recurso, no obstante habérsele concedido el plazo legal previsto por el art. 98 de la LTC, situación que determina el rechazo del recurso.