AUTO CONSTITUCIONAL 169/2006-RCA
Fecha: 31-May-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente interpone el presente recurso con el argumento de que el Gerente General de ZOFRACO, Carlos Olmedo Zegarra, mediante carta notariada dispuso la resolución unilateral del contrato de arrendamiento de un espacio para transformación de vehículos suscrito con su socio Juan Pablo Coca Huanca, sin acudir previamente a la vía conciliatoria o de arbitraje conforme al contrato, instancia en la que podría comprobarse si existen o no faltas que ameriten la resolución, su derecho al trabajo, a la defensa, a la igualdad contractual y ejecución de contratos de buena fe, y a ser tratado de manera igual. En consecuencia, corresponde establecer si la determinación de rechazar el recurso, se ajusta a derecho.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- las resoluciones de rechazo
- a contrario sensu del caso de ausencia de requisitos de forma (I, II y V del art. 97) en que corresponderá al Tribunal o Juez de amparo disponer que sean subsanados en el plazo de 48 horas, en la forma establecida por el art. 98 de la LTC
- siendo una acción tutelar que protege los derechos fundamentales de la persona, quien debe contar con la capacidad procesal es precisamente el titular del derecho fundamental vulnerado
- carece de legitimación activa
- APROBAR