Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 210/2006-CA-Bis
Fecha: 03-May-2006
II.3. Análisis del caso de autos.
Situación que se da en este caso, en razón de que la solicitud presentada por Fernando Kieffer Guzmán para que se promueva el incidente de inconstitucionalidad respecto del art. 5.II de la Ley 2445, de 13 de marzo de 2003, carece de fundamento jurídico constitucional sobre la razón por la que considera que la norma legal impugnada tendrá relevancia en la decisión que adopte el Fiscal General de la República dentro del Juicio de Responsabilidades al que hace referencia; es decir, no fundamenta de qué manera la decisión a adoptarse dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada.
- Pedro Gareca Perales, Fiscal General de la República,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.3. Resolución de la autoridad
- rechazando la solicitud de promover el incidente
- II.1. Norma jurídica impugnada y normas constitucionales supuestamente infringidas:
- En cuanto al aspecto normativo:
- procede en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad
- En cuanto al
- 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso de autos.
- APRUEBA