RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de lo dispuesto por el art. 31 inc. 1) de la LTC, RECHAZA el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad interpuesto por el Diputado Nacional Suplente Secundino Montevilla Montevilla, demandando la inconstitucionalidad de la Escritura Pública 558/89 de 3 de mayo de 1989.
