Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0490/2006-R
Fecha: 23-May-2006
II.2.
II.2. Por Oficio presentado el 10 de junio de 2005, el ahora recurrente dirigiéndose al Subalcalde de la Zona Central, denunció demolición clandestina por parte de Waldo, Oscar y Nancy Vásquez -ahora recurridos- (fs. 1); a cuya consecuencia, se emitió el Informe de 5 de julio de 2005 (fs. 3), por el que se evidencia que se produjo el destechado de dos calaminas del techo de la tienda que ocupa el ahora recurrente y, cuando éste trató de reponerlas se produjo un incidente con la recurrida Nancy Vásquez, conforme consta del Informe de Radio Patrullas 110 (fs. 2).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en casos de contrato de arrendamiento, si bien existen vías judiciales para que las partes que lo suscribieron hagan valer sus derechos, esta jurisdicción no puede sustraerse a la concesión de la tutela, al darse el plano de desigualdad, en que se encuentra el arrendatario frente al arrendador propietario, al vulnerarse con estas actitudes de hecho, derechos fundamentales que requieren urgente protección, como es el caso del derecho al trabajo, que resulta lesionado por el acto ilegal denunciado
- III.2.
- APROBAR