SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2006-R

Fecha: 31-May-2006

III.4.

III.4. De otro lado, respecto a la lesión del derecho al trabajo, primero se debe determinar que conforme la doctrina desarrollada por este Tribunal Constitucional, el derecho al trabajo es: “(…) la potestad y facultad que tiene toda persona a encontrar y mantener una ocupación que le permita asegurar su propia subsistencia y la de aquellos colocados bajo su dependencia económica, en sí es la facultad que tiene la persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario, así como el de su familia.” (SC  0051/2004, de 1 de junio); analizada dicha concepción; se tiene que lesiona el derecho al trabajo, aquel que impide el ejercicio de la ocupación por medio de la cual una persona se dota de los recursos destinados al mantenimiento de sus necesidades materiales y las de su familia. Ahora bien, en el caso denunciado, los recurrentes, las organizaciones que representan y por tanto quienes conforman dichas organizaciones, subsisten de la actividad del transporte por la ruta o carretera que el recurrido y los afiliados a la organización que dirige bloquearon, impidiendo con esas acciones de hecho que cumplan la actividad que es su ocupación, y por tanto que gocen del ejercicio del derecho al trabajo consagrado en el art. 7 inc. d) de la CPE, suprimiendo dicho derecho, por lo que el recurso debe ser concedido.