SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0510/2006-R
Fecha: 31-May-2006
1)
Los recurridos a través de su abogada informan: 1) el 6 de julio de 2005 en reunión de todos presidentes de las OTBs del área urbana de Bermejo, se recibió una denuncia contra Gustavo Flores Vilca, razón por la que se emitió un voto resolutivo suspendiendo al denunciado como Presidente del Comité de Vigilancia, a quien se le hizo conocer lo definido; 2) en la misma fecha se reunieron los secretarios generales de las comunidades del área rural, que lo son también de las de las OTBs, emitiendo otro voto resolutivo solicitando que se suspenda al Directorio del Comité de Vigilancia y la renuncia de los mismos, dándoles un plazo para que abandonen las oficinas y en su caso convoquen a elecciones, lo que no se hizo; 3) en otra reunión todos los presidentes de las OTBs y con la intervención de una notaria, dispusieron el cierre de las oficinas del Comité de Vigilancia y se conformó un Comité ad hoc para que convoque a elecciones, convocatoria que fue aprobada el 26 de julio de 2005; 4) el 23 de agosto de 2005 de eligió al nuevo Directorio del Comité de Vigilancia en el cual participaron ocho representantes de Distrito.