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    AUTO CONSTITUCIONAL 183/2006-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 183/2006-RCA

    Fecha: 06-Jun-2006

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    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2. Resolución
    • Fragmento 4
    • I.-
    • el Juez o Tribunal del recurso, como protector de los derechos fundamentales de los ciudadanos, debe garantizar el derecho a la defensa de los terceros que tengan interés legítimo en el proceso en cuestión. En este sentido, por regla general, en todo recurso de amparo que se derive de un proceso judicial o administrativo,
    • APROBAR

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