AUTO CONSTITUCIONAL 184/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 184/2006-RCA

Fecha: 06-Jun-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que sus representados están siendo juzgados penalmente dos veces y por los mismos hechos y ante un Tribunal incompetente por haber sido designado con posterioridad al hecho delictivo, toda vez que en el año 2000, fueron procesados a instancias de la misma querellante, en el Juzgado de Instrucción de Copacabana, por los delitos de estelionato y despojo, sobre la base del instrumento público de anticipo de legítima con relación al inmueble ubicado en la banda de San Pablo de Tiquina, Provincia Manco Kápac, que concluyó con la declinatoria de competencia, remitiendo el caso a la jurisdicción civil; posteriormente, el año 2004 la indicada querellante les inicio otro proceso penal por los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, en la ciudad de El Alto, sobre el mismo inmueble, por lo que en la fase investigativa opusieron las excepciones de incompetencia y cosa juzgada, que fueron declaradas improbadas, y apelada la misma, fue resuelta por Auto de Vista 253/2005, de 30 de septiembre, por el que se confirmó la Resolución impugnada, con el fundamento de que los documentos respecto a los cuales se acusa de falsedad fueron elaborados en la ciudad de El Alto; situación que motiva la interposición del presente recurso al considerar que se han vulnerado los derechos constitucionales de sus mandantes. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si efectivamente la demanda cumple o no  los requisitos de admisibilidad establecidos en el art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).