Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2006-R
Fecha: 02-Jun-2006
i)
El recurrente alega que se ha vulnerado su derecho a la libre locomoción pues: i) fue arbitraria y ilegalmente aprehendido sin existir flagrancia ni denuncia en su contra, permaneciendo incomunicado y sin abogado en las oficinas de la PTJ; ii) la autoridad judicial recurrida dispuso su detención preventiva sin existir elementos para sostener su probable autoría en el delito imputado y sin revisar a fondo los actuados, como las declaraciones de quienes se encontraban en el lugar de los hechos que evidenciaron que nunca se dio a la fuga. Corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.