SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el memorial presentado el 10 de mayo de 2006 (fs. 76 a 77 vta.), manifiesta que el 29 de enero de 2006, su representado fue interceptado en la zona “16 de Julio” por Pedro Quispe quien le señaló que existiría una denuncia de robo ocurrido en otro extremo de la zona varías horas atrás, y que la supuesta víctima presumía que pudiese ser partícipe del ilícito por el solo hecho de tener una cicatriz en el rostro, disponiendo le acompañe a dependencias de la Policía Técnica Judicial (PTJ) de El Alto, donde sin siquiera ser citado se recibió su declaración informativa, siendo privado de su libertad para posteriormente ser remitido al Juez Quinto de Instrucción donde en la audiencia de medidas cautelares se hizo denuncia de actividad procesal defectuosa, violación de derechos y garantías constitucionales y privación ilegal de libertad, sin recibir la correspondiente protección legal, y que habiendo interpuesto recurso de apelación, reiterando dichas violaciones, los vocales recurridos no consideraron esos extremos, dejando incólume la privación de libertad.