SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
III.1.
III.1. En primer término corresponde dejar claramente establecido que en lo que respecta a la denuncia relacionada a la supuesta existencia de actividad procesal defectuosa, por la forma y circunstancias en que fue aprehendido el representado del recurrente, este aspecto ya fue compulsado y resuelto en la SC 0473/2006-R, de 16 de mayo, en vista de otro recurso de hábeas corpus interpuesto por el ahora recurrente a favor del mismo representado, oportunidad en la que se demandó al mismo Fiscal y al mismo Juez Cautelar, habiéndose establecido en aquella oportunidad que ninguna de las autoridades demandadas incurrió en actos ilegales que ameriten la protección que brinda el recurso de hábeas corpus, por lo que la compulsa del presente recurso se circunscribirá únicamente a la actuación de los vocales recurridos con relación al recurso de apelación incidental planteado por el imputado contra la Resolución que dispone su detención preventiva.