SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

III.2.

III.2. La línea jurisprudencial precedentemente citada corresponde ser aplicada a la problemática que ahora se analiza, por cuanto el rechazo de la excepción formulada por el actor no incide en modo alguno en su derecho a la libertad física o de locomoción, quien además no se encuentra detenido ni se ha expedido en su contra una orden o mandamiento alguno que pudiera restringir este su derecho, y en virtud de las cuales esté siendo buscado u hostigado sin motivo legal alguno como para configurar la persecución ilegal que acusa, y si bien el Fiscal a cargo de la investigación solicitó su detención preventiva, no se ha demostrado que esta medida cautelar haya sido dispuesta por la autoridad judicial demandada; mientras que el procesamiento ilegal que denuncia por una -a su juicio- interpretación antojadiza del art. 43 de la LA ante la ausencia de autorización del Colegio de Abogados para su enjuiciamiento, este es un aspecto que no corresponde ser analizado por vía del hábeas corpus al no tener vinculación inmediata ni directa con el derecho a la libertad, debiendo en todo caso ser resuelta mediante los mecanismos legales ordinarios pertinentes, como el recurso de apelación incidental planteado por el recurrente, y una vez agotados de manera subsidiaria por vía del amparo constitucional.