SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0601/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0601/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes señalan que la empresa a la que representan interpuso demanda ejecutiva contra la Empresa DYNEX Internacional Ltda., a cuya consecuencia, el Juez recurrido dictó Auto intimatorio, procediendo a la citación mediante cédula al representante de la empresa ejecutada el 23 de septiembre de 2004 a horas 17:45; sin embargo, el 29 de septiembre de 2004 a horas 16:45, es decir, al sexto día de haber sido citada con la demanda, la parte ejecutada opuso excepción de arbitraje; mereciendo el Auto 792/04, de 1 de octubre de 2004, que aceptó ilegalmente la excepción de arbitraje, sin tomar en cuenta que la excepción había sido presentada extemporáneamente; por lo que contra el Auto 792/04, interpusieron recurso de apelación, que fue concedido en el efecto devolutivo. Por otra parte, el Juez recurrido incurriendo en otra ilegalidad, habría resuelto la excepción de arbitraje opuesta, declarándola probada mediante Auto 865/04 de 27 de octubre de 2004; siendo esa Resolución ilegal y arbitraria, por cuanto violentó el art. 509 del CPC; por lo que también interpusieron recurso de apelación contra el referido Auto 865/04 de 27 de octubre de 2004, siendo concedido en el efecto devolutivo por Auto de 19 de noviembre de 2004. Agregan, que ambas apelaciones se radicaron ante la Sala Civil Primera -ahora también recurrida-, siendo resueltas por Auto de Vista 144/2005, de 30 de marzo y Auto Complementario de 23 de abril de 2005; por lo que interponen el presente recurso al considerar lesionados los derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso. Corresponde analizar por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.