AUTO CONSTITUCIONAL 237/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 237/2006-RCA

Fecha: 27-Jul-2006

I.2. Resolución

La Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí declinó competencia al Juez de Partido de la Provincia Linares (Puna) el 17 de enero de 2006 (fs. 28), radicado el proceso, el 18 de enero (fs. 30), el juez de amparo dispuso que previamente el impetrante cumpla con lo dispuesto por el art. 98 de la LTC en su parte in fine en el plazo de 48 horas, sin especificar qué requisitos deberían ser subsanados, notificado el recurrente el 19 de enero conforme consta a fs. 31. Por memorial presentado el 19 de enero el recurrente ratifica su recurso y afirma que no hay nada que subsanar  (fs. 329).