AUTO CONSTITUCIONAL 238/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 238/2006-RCA

Fecha: 28-Jul-2006

improcedente

Mediante Resolución 10/2006, de 18 de enero, el Tribunal de amparo, Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declaró improcedente el recurso, con el fundamento de que el recurrente no acudió ante el Tribunal Superior de Ética Profesional, constituido en Tribunal de apelación, previsto en el art. 33 del Código de Ética Profesional de los Arquitectos de Bolivia, por lo que los recursos legales no fueron agotados, encontrándose en consecuencia dentro de los alcances del art. 96 inc. 3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).