AUTO CONSTITUCIONAL 238/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 238/2006-RCA

Fecha: 28-Jul-2006

reiteró su solicitud ante el mismo Tribunal que supuestamente le vulneró sus derechos a la defensa y al debido proceso, mediante memorial de 21 de noviembre de 2005

En el caso de autos el recurrente denuncia de ilegal, la negativa por parte del Tribunal de Ética de Arquitectos de Chuquisaca, a admitir su apersonamiento a nombre de sus mandantes, dentro de un proceso disciplinario que se les sigue; empero, de la revisión del expediente se constata que el recurrente, respecto al acto ilegal denunciado, reiteró su solicitud ante el mismo Tribunal que supuestamente le vulneró sus derechos a la defensa y al debido proceso, mediante memorial de 21 de noviembre de 2005 (fs. 4), sin haber acreditado que dicha reiteración hubiera tenido respuesta alguna a momento de la presentación del presente recurso constitucional; es decir, se encontraba en trámite, en su demanda inclusive, no indica que su reiteración hubiera sido nuevamente rechazada, o que esté pendiente de respuesta, dado que tampoco alega derecho de petición. Aún en caso de tener una respuesta negativa, el recurrente pudo acudir ante el superior en grado como establece la cita jurisprudencia constitucional SC 1557/2005-R, de 1 de diciembre, y el art. 33 y 45 inc. g) del Código de Ética Profesional de los Arquitectos de Bolivia, al existir una instancia superior, que es el Tribunal Superior de Ética Profesional.