SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2006-R
Fecha: 04-Jul-2006
improcedente
La Resolución de 27 de mayo de 2006, cursante de fs. 14 a 16 vta., pronunciada por la Jueza de Partido Liquidadora declaró improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) existe un órgano jurisdiccional competente para conocer y resolver de manera directa y expedita la lesión a los derechos y garantías que pudieran tener origen en los órganos encargados de la persecución penal; b) en el presente caso, la autoridad fiscal efectuó la imputación formal ante el Juez cautelar, correspondiendo al recurrido alegar la violación de sus derechos y garantías ante esa autoridad, quien determinará la legalidad o ilegalidad de los actos de las autoridades recurridas; c) este Tribunal no puede analizar dichos actos porque se generaría duplicidad de fallos sobre un mismo asunto no queridas por el orden constitucional, conforme ha determinado el Tribunal Constitucional en las SSCC 1047/2005-R, 0452/2006-R y otras.