Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0643/2006-R
Fecha: 04-Jul-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión APRUEBA la Resolución de fs. 73 y vta., pronunciada el 17 de octubre de 2005 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y en consecuencia, declara IMPROCEDENTE el recurso de fs. 24 a 25 de obrados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en el caso de particulares, acudir ante la autoridad que conforme a la naturaleza del acto ilegal u omisión indebida le pueda otorgar protección inmediata
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA