SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2006-R

Fecha: 12-Jul-2006

II.6.

II.6.El Director Distrital del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz, por Auto de 20 de enero de 2005, rechazó la denuncia presentada por Sergio Balcázar Arana, hoy recurrente, contra la notaria Ruth Nair Rivero Toledo, en aplicación del art. 66 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial, por falta de tipicidad disciplinaria, no prevista en la Ley del Consejo de la Judicatura, toda vez que el denunciante tiene interpuestas acciones penales por delitos de falsedad ideológica, falsedad material y uso de instrumento falsificado, contra el supuesto comprador y la Notaria denunciada, existiendo rechazo de la querella respecto a esta última. Con relación a la denuncia formulada contra Jenny Rivero Toledo y Maribel Janeth Balcázar Cuellar, se rechazó la denuncia por no ser funcionarias dependientes del Poder Judicial (fs. 101 a 102). Contra tal determinación el recurrente por memorial presentado el 2 de febrero de 2005 (fs. 105 a 106) interpuso recurso de revisión.