SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0677/2006-R

Fecha: 17-Jul-2006

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

El Juez demandado en el informe cursante a fs. 6 y vta., sostuvo que ante una sentencia con sello de cosa juzgada en el citado proceso laboral, su autoridad dio cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 514 y 517 del Código de procedimiento civil (CPC), es decir a la ejecución de la misma, sin alterar su contenido, por lo que cumplió con lo que manda el art. 216 del Código procesal del trabajo (CPT), sin haber infringido norma alguna. Solicitó se declare improcedente el recurso.