SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2006-R

Fecha: 17-Jul-2006

III.2.

III.2. La línea jurisprudencial precedentemente citada, corresponde ser aplicada a la problemática que ahora se analiza, por cuanto conforme se tiene establecido de los antecedentes que cursan en obrados, el recurrente no se encuentra detenido ni se ha expedido en su contra orden o mandamiento alguno que pudiera amenazar siquiera sus derechos fundamentales a la libertad física o a la libertad de locomoción, los cuales se encuentran bajo la tutela del recurso de hábeas corpus, siendo que aspectos tales como su no participación en los hechos que se le imputan o las irregularidades que se hubiesen cometido con motivo de la investigación no corresponden ser analizadas en la jurisdicción constitucional, pues no inciden de manera inmediata ni directa sobre su derecho a la libertad, ya que conforme se tiene referido, no todas las violaciones al debido proceso pueden ser conocidas y reparadas por vía de esta acción tutelar, sino únicamente aquellas que se encuentran vinculadas al derecho a la libertad.