Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0720/2006-R
Fecha: 21-Jul-2006
II.3.
II.3. Por memorial de 17 de febrero de 2004, los representados del recurrente se apersonaron al Juzgado Segundo de Sentencia dentro de la demanda de reparación del daño seguida por Jorge Rivero Justiniano contra Ivar Méndez Soto y otra, interponiendo tercería de dominio excluyente respecto al inmueble anteriormente referido, argumentando que la anotación preventiva contenida en el asiento 8 de gravámenes y restricciones habría sido realizada ocho días después del registro de la titularidad de su derecho, invocando la preferencia establecida en el art. 1.545 del CC. La autoridad judicial por proveído de 18 de febrero de 2004, decretó traslado de lo solicitado (fs. 116 a 117).