Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0720/2006-R
Fecha: 21-Jul-2006
III.3.
III.3. Por su parte, los Vocales de la Sala Penal Primera correcurridos, al haber declarado improcedente el recurso de apelación incidental formulado en contra de la Resolución del a quo tampoco incurrieron en acto ilegal alguno, por el contrario sujetaron su determinación contenida en el Auto de Vista de 28 de abril de 2005 a los puntos que fueron apelados.