SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2006-R
Fecha: 27-Jul-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó y reiteró los términos de su demanda, señalando que los recurridos allanaron su domicilio, no obstante que el mandamiento de condena establece en su parte final que el allanamiento sólo podía realizarse en presencia del Ministerio Público; sin embargo en la ejecución del mandamiento dicho representante no estaba presente, conduciéndolo en calidad de preso a la cárcel pública de San Sebastián, cuando la Circular 15/2006, establecía que por razones de la vacación judicial no podía ejecutarse ningún mandamiento hasta el 16 de julio de 2006. Solicitando su inmediata libertad y la imposición de daños y perjuicios.
Con el derecho a la réplica, señaló que el mandamiento de condena expresa como domicilio del condenado en la zona de Sumumpaya norte km 8 de la av. Blanco Galindo, pero los recurridos ejecutaron el mandamiento en el domicilio Km 3 y medio de la av. Blanco Galindo, ingresando al domicilio en forma arbitraria y violentamente.