RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 120.1ª de la CPE y 33.I inc. 1) de la LTC, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, promovido de oficio contra el art. 266 del CP en la parte que faculta la autorización judicial para la práctica abortiva.
