Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0753/2006-R
Fecha: 01-Ago-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución de 1 de noviembre de 2005, cursante de fs. 106 a 109, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y; declara la IMPROCEDENCIA del recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Respecto del principio de subsidiariedad
- III.2. Derecho a la defensa del garante hipotecario
- mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- Fragmento 16
- APRUEBA