SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0845/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0845/2006-R

Fecha: 29-Ago-2006

II.5.

II.5. Por memorial de 8 de septiembre de 2005 la demandante solicitó la aprobación de la liquidación efectuada y la conminatoria de pago (fs. 97 anexo), la autoridad judicial mediante Resolución de 9 del mismo mes y año aprobó la liquidación y  dispuso su cancelación dentro de tercero día al no haberse realizado ninguna observación, Resolución con la que fue notificado el recurrente el 15 de septiembre de 2005 (fs. 97 vta. y 98 anexo), ordenando por Resolución de 22 del mismo mes se libre mandamiento de apremio, que fue librado el 14 de octubre de 2005, y al ser representado por el oficial de diligencia ordenó mediante Resolución de 10 de noviembre se libre mandamiento de apremio mediante orden instruida con facultad de allanamiento en horas hábiles (fs. 102 y vta. anexo), siendo notificado el recurrente el 16 de noviembre de 2005 (fs. 103 anexo), cuyo mandamiento fue librado el 21 de ese mes y año (fs. 106 anexo).